DECÁLOGO PROFESIONAL DE

LA ENFERMERÍA ESPAÑOLA

I

Las enfermeras/os son profesionales facultativos.

VI

Las enfermeras/os deberán disponer de una carrera profesional única e igual para todos.

II

Las enfermeras/os realizan su trabajo con autonomía y responsabilidad propia

VII

Las enfermeras/os estarán protegidos de sus riesgos laborales: físicos, psíquicos y biológicos.

III

Las enfermeras/os podrán ser licenciados y doctores en Enfermería.

VIII

Las enfermeras/os tendrán un salario no inferior al 80% del salario médico.

IV

Las enfermeras/os podrán ser especialistas.

IX

Las enfermeras/os realizarán su trabajo en condiciones laborales que disminuyan la actual sobrecarga asistencial y garanticen el 100% de la cobertura de sus plantillas.

V

Las enfermeras/os tienden funciones de asistencia, docencia, investigación y gestión.

X

Las enfermeras/os garantizan la buena práctica de la profesión, la seguridad de los pacientes y su propia seguridad jurídica.